Claustro UPM

  • El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria, al que corresponde supervisar la gestión de la Universidad Politécnica de Madrid y definir las líneas generales de actuación en los distintos ámbitos de la vida universitaria.
  • Además de cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes y los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, serán competencias del Claustro Universitario:
    1. Elaborar, aprobar y modificar, en su caso, los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid.
    2. Elaborar, aprobar y modificar, en su caso, el Reglamento del Claustro Universitario.
    3. Elegir de entre los claustrales los miembros de la Mesa del Claustro Universitario y de las Comisiones Asesoras del mismo.
    4. Revocar al Rector conforme a lo establecido en el artículo 36 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid.
    5. Formular interpelaciones al Rector o a los miembros de su equipo en los términos que se prevean en el Reglamento del Claustro.
    6. Elegir a los representantes del Claustro en el Consejo de Gobierno. Las elecciones se llevarán a cabo por y entre los propios miembros de cada uno de los sectores de la comunidad universitaria.
    7. Elegir a los siete catedráticos, pertenecientes cada uno a ámbito de conocimiento distinto de entre los existentes en la Universidad Politécnica de Madrid, con amplia experiencia docente e investigadora que han de formar parte de la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 66.2 de la vigente Ley Orgánica de Universidades.
    8. Elaborar, aprobar y modificar, en su caso, el Reglamento Electoral de la Universidad Politécnica de Madrid, así como elegir a los miembros que formarán parte de la Comisión Electoral Central de la Universidad Politécnica de Madrid.
    9. Conocer el Reglamento de las Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i.
    10. Conocer los planes de estudio de las titulaciones impartidas en la Universidad Politécnica de Madrid.
    11. Elegir y, en su caso, revocar al Defensor Universitario, así como aprobar su Reglamento de funcionamiento y conocer su Memoria Anual.
    12. Ser informado, mediante la Memoria Anual de la Universidad Politécnica de Madrid que habrá de presentar el Rector, de las actividades desarrolladas por la Universidad Politécnica de Madrid.
    13. Formular recomendaciones, propuestas y declaraciones institucionales, así como debatir los informes que le sean presentados.
    14. Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad, así como las directrices para su ejecución.

 

  • El Claustro Universitario estará formado por: El Rector, Guillermo Cisneros Pérez , que lo presidirá, el Secretario General y el Gerente, y por trescientos representantes de los distintos sectores de la comunidad universitaria, en los siguientes términos:
  • Representación del sector de Profesorado y Personal Investigador(PDI):
    • 54 representantes elegidos por y entre los profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad
    • 48 representantes elegidos por y entre el resto del profesorado y personal investigador.
  • Representación del sector de los estudiantes:
    • 70 representantes elegidos por y entre los estudiantes, guardando representación por cada Escuela o Facultad  proporcional al número de alumnos matriculados.
  • Representación del sector del Personal de Administración y Servicios (PAS):
    • 28 elegidos por y entre el personal de administración y servicios.
  • El Claustro Universitario se renovará cada cuatro años, excepto la representación de los estudiantes, que se renovará anualmente, mediante elecciones convocadas al efecto por el Rector.